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Lo que debes saber sobre el COVID-19 y tu situación laboral

Sabemos que el Coronavirus (COVID-19) ha generado incertidumbre y muchas dudas. Por tal razón hemos creado esta entrada, la cual puede ayudarte a esclarecer tus dudas correspondientes a tu situación laboral y el COVID-19.

1. Ante el COVID-19 ¿Qué medidas de seguridad e higiene tengo derecho a exigir a mi patrón?

Todas las que se hayan emitido por la autoridad sanitaria, entre ellas la sana distancia, el estornudo de etiqueta, el lavado de manos con agua y jabón de manera constante, el uso de gel antibacterial en caso de no contar con agua y jabón y la imposibilidad de conglomeraciones mayores a 100 personas.

2. En caso de que yo sea diagnosticado(a) con COVID-19 ¿Pueden despedirme?

No, recuerda que cómo se ha dicho tienes derecho a una incapacidad del IMSS, y a recibir, por tanto, el pago correspondiente. En caso de que el patrón no te tenga afiliado al IMSS, él/ella deberá cubrir el salario y prestaciones íntegras.

3. Si fui diagnosticado de COVID-19 o soy sospechoso ¿Puedo quedarme a laborar con independencia de la instrucción de mi patrón?

No, eso pone en riesgo a tus compañeros de trabajo y podría llegar a afectar a quienes tuvieron contacto contigo. Debes de inmediato comunicarte con la autoridad sanitaria al teléfono de la Secretaría de Salud 800 004 48 00, o al IMSS al teléfono 800 623 23 23.

4. Si tengo síntomas de COVID-19 ¿Mi patrón me puede suspender en mi trabajo?

En caso de presentar síntomas de COVID-19 debes permanecer en tu domicilio y hacer uso de los servicios establecidos en estos casos y seguir las indicaciones de la autoridad de salud, a la que deberás dar el aviso correspondiente.

El IMSS ha autorizado que las personas trabajadoras que presenten síntomas podrán llenar un cuestionario en línea para ser diagnosticados y así obtener una incapacidad en caso de ser necesario sin la necesidad de acudir presencialmente a una unidad de salud. Para realizar este trámite debes comunicarte al teléfono 800 623 23 23

5. Atendiendo a la situación actual que enfrenta el país respecto al COVID-19 ¿Mi patrón puede obligarme a ir a trabajar estando embarazada?

La autoridad sanitaria emitió un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación que establece que las mujeres embarazadas deben ausentarse de los Centros de Trabajos con permiso con goce de sueldo.

6. Mi patrón me quiere someter a exámenes médicos para saber si padezco COVID-19 ¿Puede hacerlo?

Sí. Es obligación de todo trabajador someterse a los exámenes médicos. En términos del artículo 134 fracción X de la LFT.

7. ¿Mi patrón puede suspender labores en la empresa sin que se haya declarado la contingencia sanitaria?

Sí puede, siempre y cuando continúe pagando sus salarios y prestaciones a los trabajadores.

En caso de contingencia sanitaria, misma que no se ha presentado hasta el día de hoy (27 de marzo de 2020), decretada por la autoridad competente, el
patrón estará obligado a pagar el importe de un salario mínimo a los trabajadores durante la suspensión hasta por un mes.

En estos momentos resulta crucial que dependiendo el tipo de trabajo e industria exista un acuerdo que permita proteger a los trabajadores y a las fuentes de trabajo.

8. Mi patrón me planteo que lleve a cabo mis actividades desde casa, ¿Puede hacerlo?

Sí. Debemos recordar que no se trata de vacaciones por lo que si las
circunstancias permiten que las actividades se puedan realizar en casa es lo que se ha sugerido por parte de la autoridad sanitaria. Es importante cumplir con las funciones y actividades establecidas.

9. En caso de que se declare contingencia sanitaria y ésta termine ¿Cuántos días tengo para regresar a mi trabajo?

Al día siguiente laborable de que se declare concluida la contingencia. (Art. 432 de la LFT, último párrafo).

Esperamos que esta información te haya sido de utilidad y haya aclarado tus dudas. No olvides seguir las recomendaciones que hemos compartido para hacer frente al COVID-19. Mantente atento a través de los comunicados oficiales del gobierno a través de su sitio y también a través de nuestros contenidos en AIH Group

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